De conformidad con lo establecido en artículo 49.bis de la Ley 5/2014, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje con anterioridad a la elaboración del borrador del plan, el Ayuntamiento debe efectuar a través del portal web una CONSULTA PÚBLICA por espacio de VEINTE DÍAS donde se indican de modo sucinto las siguientes cuestiones:
-PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR
-NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN
-OBJETIVOS DEL PLAN
-POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS
-OPINIONES
En el siguiente enlace se puede descargar el documento de consulta publicado en la página web del Ayuntamiento de Vinaròs a tal efecto desde agosto de 2019: